Ley de IA de la UE Artículo 50: Guía Integral de Cumplimiento y Procedencia
Desde agosto de 2026, el Artículo 50 es obligatorio en toda la UE. Aprende a etiquetar imágenes, audios, vídeos y textos generados por IA.
Un flujo de trabajo práctico del artículo 50 para equipos que publican contenido generado y manipulado por IA: determine el deber aplicable, aplique la divulgación adecuada y conserve un registro defendible.
Label Placement
Duty / Type
Theme
Audience Locale
Diseñado para quienes responden cuando el contenido de IA se hace público.
Operaciones de cumplimiento, no solo etiquetas
Sustituya las redacciones improvisadas, las aprobaciones dispersas y los traspasos inciertos por un flujo de trabajo que su equipo puede repetir y explicar.
Relacione el rol, la modalidad, la audiencia y las exenciones con el deber correspondiente del artículo 50.
Resultado motivado
Aplique etiquetas legibles y textos localizados adecuados al medio y al contexto de publicación.
24 lenguas de la UE
Mantenga juntos la decisión, la divulgación y el registro técnico para revisiones internas o de los reguladores.
Evidencia defendible
Evaluación estructurada
Responda unas breves preguntas sobre su rol, sus medios y el contexto de publicación.
Seleccione la ubicación de su audiencia objetivo o mercado de distribución.
Contexto normativo
Desde el 2 de agosto de 2026, publicar sin un proceso de transparencia definido supone una exposición de cumplimiento actual. Un programa defendible empieza por saber qué deber se aplica antes de difundir el contenido.
Diseñado para audiencias europeas
Utilice textos de divulgación localizados basados en la terminología oficial de la UE, con un tratamiento coherente en todas las campañas, mercados y tipos de medios.
Consulte la guía de divulgación →Análisis prácticos, desgloses técnicos y guías paso a paso para cumplir con la Ley de IA de la UE.
Desde agosto de 2026, el Artículo 50 es obligatorio en toda la UE. Aprende a etiquetar imágenes, audios, vídeos y textos generados por IA.
Aprenda a etiquetar contenidos de IA de acuerdo con el artículo 50: distintivos en esquinas, preámbulos de voz, metadatos y normativas en los 24 idiomas oficiales de la UE.
Profundización en manifiestos C2PA, certificados digitales, pérdida de metadatos en redes sociales y modelos de defensa en profundidad para la Ley de IA de la UE.
Si genera o manipula imágenes, audio, vídeo o texto con IA y lo publica en la UE, es muy probable que el artículo 50 del Reglamento de IA le aplique — como proveedor (marcado legible por máquina) o como responsable del despliegue (divulgación visible de deepfakes y textos de interés público). La obligación se aplica desde el 2 de agosto de 2026, con sanciones de hasta 15 M€ o el 3 % del volumen de negocio mundial.
Sí. La herramienta de etiquetas de imagen y la guía de divulgación de texto son gratuitas y sin cuenta. Estamos construyendo una plataforma de pago para equipos que necesitan marcado masivo, firma C2PA, marcas de agua invisibles y registros de evidencia listos para auditoría — este sitio gratuito es nuestra forma de ganarnos primero su confianza.
No. Todo ocurre localmente en su navegador mediante la API canvas. Sus imágenes nunca salen de su dispositivo — incluso puede usar la herramienta sin conexión una vez cargada la página.
No siempre. Los proveedores también deben marcar los resultados en un formato legible por máquina (nuestras descargas PNG incrustan un registro de divulgación legible por máquina), y el cumplimiento completo puede implicar C2PA Content Credentials, marcas de agua invisibles y registros de evidencia. Considérelo un primer paso sólido, no un programa completo.
Realice una evaluación estructurada antes de publicar su próximo activo de IA.